Sí, en algunos casos podría aplicar el artículo 52.a ET (ineptitud sobrevenida), pero también debe justificar que no es posible la continuidad del trabajador mediante ajustes razonables.
Bienestar y prevención en la era digital. Nuevos riesgos y cómo prevenirlos con formación
La forma de trabajar ha cambiado. Y con ella, también han cambiado los riesgos. Vivimos más conectados, con más tecnología, más estímulos y más velocidad. Lo que nació...





