Sí, salvo que se trate de una imprudencia temeraria y la empresa haya demostrado haber entregado el EPI, formado al trabajador y vigilado activamente su uso. La “deuda de seguridad” del empresario requiere una vigilancia efectiva.
Siniestralidad laboral en España: qué revelan los datos en pleno debate sobre la Ley de PRL
Los datos de siniestralidad laboral son un reflejo directo de cómo se está trabajando, de cómo se organizan los procesos productivos y de hasta qué punto la prevención...





