No. La normativa general, especialmente la LPRL y el RD 614/2001, actúa como derecho necesario mínimo y es plenamente exigible en ausencia de regulación sectorial específica (art. 3.2 LPRL).
¿Puede haber dolo por parte del técnico de prevención?
Sí, aunque es menos común. Por ejemplo: falsear registros, ocultar riesgos conscientemente, o indicar a la empresa que no imparta formación para...



