Sí, debe realizarse preferentemente dentro de la jornada laboral. Si no es posible, el tiempo invertido debe descontarse de la jornada y siempre ser retribuido.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



