Sí. El Real Decreto 687/2010 que regula el título de Técnico Superior en Dirección de Cocina incluye entre sus competencias la prevención de riesgos laborales y la higiene alimentaria.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.