Sí. Sentencias del TSJ de Comunidad Valenciana (nº 2702/2023), Cataluña (nº 1360/2024) y Galicia (nº 2999/2020) confirman que la formación, documentación y medidas preventivas son obligatorias.
¿Qué es el servicio de prevención ajeno?
Es una empresa externa contratada para asumir funciones técnicas de prevención cuando la propia organización no tiene medios suficientes.



