Sí. Sentencias del TSJ de Comunidad Valenciana (nº 2702/2023), Cataluña (nº 1360/2024) y Galicia (nº 2999/2020) confirman que la formación, documentación y medidas preventivas son obligatorias.
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



