Sí. Sentencias del TSJ de Comunidad Valenciana (nº 2702/2023), Cataluña (nº 1360/2024) y Galicia (nº 2999/2020) confirman que la formación, documentación y medidas preventivas son obligatorias.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



