Sí. Sentencias del TSJ de Comunidad Valenciana (nº 2702/2023), Cataluña (nº 1360/2024) y Galicia (nº 2999/2020) confirman que la formación, documentación y medidas preventivas son obligatorias.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



