Sí. La LPRL se aplica de forma complementaria, y su Disposición Adicional Séptima exige además el cumplimiento de la normativa específica en materia de transporte de mercancías peligrosas.
¿Quién debe interpretar y concretar estas obligaciones ante la falta de detalle normativo?
Las autoridades nacionales y las propias empresas, aplicando de forma proactiva las directrices europeas y organismos especializados en SST.



