Sí. Su Disposición Adicional Séptima establece que se aplica sin perjuicio del cumplimiento de las normativas específicas de transporte, lo que implica una aplicación acumulativa de ambas.
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



