Sí. Su Disposición Adicional Séptima establece que se aplica sin perjuicio del cumplimiento de las normativas específicas de transporte, lo que implica una aplicación acumulativa de ambas.
¿Es necesario documentar el cumplimiento del RD 1215/1997?
Sí. Es necesario conservar evidencia documental de las inspecciones de seguridad, mantenimiento, evaluaciones de riesgos, formación, instrucciones...



