Sí. Los autónomos que trabajen en obras de construcción deben cumplir con las obligaciones preventivas establecidas en el RD 1627/1997, incluso si no tienen empleados.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



