En industrias extractivas, la Orden ITC/2585/2007 es de aplicación directa. En otros sectores, se aplica supletoriamente la normativa general: LPRL, RD 665/1997 y RD 374/2001.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



