Sí. El Real Decreto 665/1997 se aplica siempre que en la actividad se manipulen sustancias cancerígenas, mutágenas o reprotóxicas, lo cual es frecuente en la industria farmacéutica y posible en la cosmética.
Hiperconectividad laboral: por qué se ha normalizado y cómo gestionarla desde la prevención de riesgos
La expansión de las tecnologías digitales y del trabajo híbrido ha traído ventajas innegables: mayor autonomía para decidir dónde y cuándo trabajar, más posibilidades...





