Sí. La LPRL tiene un ámbito de aplicación general para todos los sectores laborales, tanto públicos como privados, salvo excepciones muy concretas. Las medidas de adaptación se aplican en cualquier tipo de trabajo si concurren las condiciones que lo justifican.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



