Sí. Factores como el acoso, la doble carga de trabajo o la segregación ocupacional afectan de forma diferente a mujeres y hombres, por lo que deben evaluarse e intervenirse con enfoque de género.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



