No. La responsabilidad del empresario es indelegable, incluso si la formación fue contratada externamente o si se designó un recurso preventivo, como ratificó el TSJ de Castilla y León (357/2021).
¿Cuáles son las condiciones para extinguir el contrato por incapacidad permanente?
La extinción solo es válida si se cumple al menos una de estas condiciones: • No pueden hacerse ajustes razonables. • No hay puestos vacantes...



