No. La responsabilidad del empresario es indelegable, incluso si la formación fue contratada externamente o si se designó un recurso preventivo, como ratificó el TSJ de Castilla y León (357/2021).
¿Puede haber dolo por parte del técnico de prevención?
Sí, aunque es menos común. Por ejemplo: falsear registros, ocultar riesgos conscientemente, o indicar a la empresa que no imparta formación para...



