En muchos casos, sí. Si implican montaje sobre estructuras, cubiertas o edificios, pueden considerarse “obra de construcción” según el Real Decreto 1627/1997, lo que activa obligaciones como estudio de seguridad, coordinador de seguridad y plan preventivo.
Cómo contratar e incluir a personas con discapacidad en tu empresa
Todavía persiste la idea de que las personas con discapacidad no podrán desarrollar su trabajo con eficacia. Esta es la barrera más extendida y la que más limita la...





