En muchos casos, sí. Si implican montaje sobre estructuras, cubiertas o edificios, pueden considerarse “obra de construcción” según el Real Decreto 1627/1997, lo que activa obligaciones como estudio de seguridad, coordinador de seguridad y plan preventivo.
¿Qué tal el verano? Cuando hablar de lo personal en el trabajo no es una distracción, sino una oportunidad
Hace días que septiembre echó a andar. Con él, el ritmo laboral vuelve a intensificarse y las reuniones reaparecen en la agenda con su carga habitual de tareas,...





