En muchos casos, sí. Si implican montaje sobre estructuras, cubiertas o edificios, pueden considerarse “obra de construcción” según el Real Decreto 1627/1997, lo que activa obligaciones como estudio de seguridad, coordinador de seguridad y plan preventivo.
El reto de Recursos Humanos ante la nueva prevención laboral
Día tras día, Recursos Humanos va adquiriendo más y más importancia en las organizaciones. Construye cultura, protege y cuida la salud emocional de las personas,...





