En muchos casos, sí. Si implican montaje sobre estructuras, cubiertas o edificios, pueden considerarse “obra de construcción” según el Real Decreto 1627/1997, lo que activa obligaciones como estudio de seguridad, coordinador de seguridad y plan preventivo.
Integrar la prevención: cómo organizarla para que influya en el trabajo
Los riesgos laborales se generan en la propia actividad laboral, la interacción del trabajador con su entorno, herramientas y la organización del trabajo. Por eso su...





