Porque una mínima contaminación cruzada con alérgenos, gluten o productos animales puede desencadenar reacciones graves, desde daños intestinales hasta anafilaxia. En entornos profesionales, la separación de ingredientes, utensilios y espacios es fundamental para garantizar la seguridad alimentaria y cumplir con normativa y responsabilidad sanitaria.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



