Porque las actualizaciones (p. ej., cambios en ITC o reglamentos) pueden introducir nuevas obligaciones; no adaptarse genera incumplimientos y aumenta el riesgo jurídico.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



