Aunque existen limitaciones prácticas por tratarse de un domicilio, se pueden activar mecanismos de denuncia, asesoramiento externo y control por parte de la Inspección de Trabajo con autorización legal.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



