Sí. El trabajador tiene derecho a interrumpir su actividad si considera que existe un riesgo grave e inminente para su seguridad, según el artículo 21 de la Ley 31/1995.
¿Qué responsabilidad afronta el empresario si no adopta medidas preventivas adecuadas?
Puede incurrir en sanciones administrativas, responsabilidad civil por daños y, en casos graves, responsabilidad penal, al incumplir la LPRL y sus...



