Sí. El trabajador tiene derecho a interrumpir su actividad si considera que existe un riesgo grave e inminente para su seguridad, según el artículo 21 de la Ley 31/1995.
¿Qué productos conviene incorporar en la oferta gastronómica de otoño en un restaurante o comedor institucional?
Calabazas, setas, manzanas y peras. Son perfectos para sopas, cremas, guisos y repostería casera. Además, aportan sabores reconfortantes y colores...



