Sí. El trabajador tiene derecho a interrumpir su actividad si considera que existe un riesgo grave e inminente para su seguridad, según el artículo 21 de la Ley 31/1995.
¿Existe legislación específica sobre prevención de riesgos laborales en el sector sociosanitario en España?
Sí. El Real Decreto 664/1997 regula la protección frente a agentes biológicos y se aplica directamente al sector sociosanitario. Este marco se...



