No, es un deber legal. La negativa puede dar lugar a sanción disciplinaria, siempre que la empresa haya informado y facilitado correctamente la formación.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



