Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
Siniestralidad laboral en España: qué revelan los datos en pleno debate sobre la Ley de PRL
Los datos de siniestralidad laboral son un reflejo directo de cómo se está trabajando, de cómo se organizan los procesos productivos y de hasta qué punto la prevención...





