Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
Aprende a gestionar el miedo para que juegue a tu favor
El miedo es una de las emociones más poderosas que experimentamos. Es un mecanismo de supervivencia que nos protege del peligro, pero también puede convertirse en un...





