Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
Desconexión digital en un mundo hiperconectado, ¿es posible?
Vivimos en una época en la que la línea entre el trabajo y la vida personal se ha difuminado, especialmente con el auge de las tecnologías digitales y nuevas formas de...





