Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
Cinco claves prácticas y sencillas para cuidar el bienestar térmico en tu entorno laboral
¿Te suena esa sensación de cruzar la puerta del trabajo y pasar, en un segundo, del infierno veraniego a un congelador? Mientras fuera rozamos los 35 °C, dentro muchas...





