Sí. La ley general y sus reglamentos son plenamente aplicables. El incumplimiento de estas disposiciones puede derivar en sanciones administrativas, civiles o penales.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



