No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.
¿Cómo debe evaluarse el riesgo por agentes químicos según el artículo 3.1 del RD 374/2001?
Primero identificar si existen agentes químicos peligrosos; si los hay, evaluar los riesgos conforme al art. 16 LPRL y al Reglamento de los...