Sí, una microempresa puede delegar legalmente toda su actividad preventiva en un SPA si no está obligada a constituir un servicio de prevención propio y cumple con los requisitos formales establecidos en el Real Decreto 39/1997.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



