Sí, una microempresa puede delegar legalmente toda su actividad preventiva en un SPA si no está obligada a constituir un servicio de prevención propio y cumple con los requisitos formales establecidos en el Real Decreto 39/1997.
¿Cómo mitigar áreas de riesgo identificadas en el documento (ambigüedad de residuos, falta de normativa estatal específica, etc.)?
Clasificar y documentar los residuos, aplicar la normativa sectorial y autonómica disponible, mantener formación y planificación exhaustivas, y...



