En el caso de los equipos de trabajo mineros, la supervisión corresponde a las autoridades públicas competentes en materia de minas, según el RD 1215/1997. Esto garantiza un control técnico especializado.
¿Qué dice la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 05-03-2024, nº 418/2024) sobre estos riesgos?
Confirma la aplicación del RD 664/1997 a cualquier actividad con riesgo biológico y recuerda el deber empresarial de adoptar medidas necesarias de...



