La combinación de la LPRL, convenios colectivos sectoriales y jurisprudencia obliga a las empresas a proteger la salud de los repartidores, incluso sin regulación exclusiva para el sector.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



