El art. 15.4 LPRL exige que las medidas preventivas prevean distracciones o imprudencias no temerarias del trabajador.
¿Se puede delegar solo una parte de la actividad preventiva en un SPA?
Sí. El RD 39/1997 permite delegaciones parciales cuando la empresa asume alguna especialidad con recursos propios y contrata el resto con un SPA.