El art. 15.4 LPRL exige que las medidas preventivas prevean distracciones o imprudencias no temerarias del trabajador.
¿Es necesario documentar el cumplimiento del RD 1215/1997?
Sí. Es necesario conservar evidencia documental de las inspecciones de seguridad, mantenimiento, evaluaciones de riesgos, formación, instrucciones...



