El art. 15.4 LPRL exige que las medidas preventivas prevean distracciones o imprudencias no temerarias del trabajador.
¿Qué debe hacer la empresa si las recomendaciones del fabricante de un EPI parecen insuficientes para el riesgo real?
Debe adoptar medidas adicionales, reforzar la protección y documentar las decisiones, priorizando siempre la seguridad de los trabajadores.



