No dejar alimentos expuestos más de 2 horas, sustituir o desechar productos que salgan del rango seguro, asegurar utensilios limpios y bien dispuestos en mesas de servicio, y vigilar zonas de autoservicio para mantener el orden y la higiene. Estas prácticas son clave para cumplir normativa y proteger la salud de los asistentes.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



