Las instalaciones deben cumplir con lo establecido en el Real Decreto 486/1997 sobre lugares de trabajo, incluyendo iluminación adecuada, ventilación, suelos antideslizantes, señalización visible, accesibilidad y salidas de emergencia.
¿Es obligatorio señalizar las zonas con riesgo eléctrico?
Sí. El RD 614/2001 obliga a delimitar y señalizar las zonas de riesgo con carteles normalizados y medidas de aislamiento.



