Sanciones administrativas, responsabilidad civil y, en caso de daños graves, posible responsabilidad penal, al no integrarse adecuadamente la prevención en el uso de estos equipos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



