Puede conllevar sanciones por parte de las autoridades sanitarias y responsabilidades en caso de brotes de intoxicación alimentaria. Tener el certificado es un requisito legal y una garantía para la seguridad del consumidor y la reputación del establecimiento.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



