Puede enfrentarse a sanciones administrativas, responsabilidad civil por daños y, en casos graves, responsabilidad penal conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Código Penal.
¿Qué ocurre si hay actividades mixtas (marítimas y portuarias)?
Se debe aplicar la normativa general y sectorial de forma complementaria, optando por la interpretación más favorable al trabajador.



