La insuficiencia de formación puede considerarse infracción muy grave, sancionable y causa de recargo de prestaciones, según la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia y el artículo 47.8 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
¿Se puede delegar solo una parte de la actividad preventiva en un SPA?
Sí. El RD 39/1997 permite delegaciones parciales cuando la empresa asume alguna especialidad con recursos propios y contrata el resto con un SPA.