El incumplimiento puede derivar en responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales, especialmente si se produce un accidente laboral por falta de coordinación, información o vigilancia. La jurisprudencia ha sancionado múltiples veces a empresas titulares por no cumplir con lo previsto en el RD 171/2004.
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



